Sitio de la Alianza Nacional de Clubes México |
Capítulo Primero. Del Ingreso a la Alianza
Toda agrupación que busque ingresar a la Agrupaciones de Star Wars en México requiere:
a) Solicitar al Consejo Nacional el ingreso de su agrupación a la Alianza mediante un correo electrónico. Este deberá presentar el nombre de la agrupación y el representante de la misma, además que para acreditar la existencia del Club debe incluir relación y fotografías de las actividades que realiza como pueden ser juntas, reuniones, dirección de foros de internet o apariciones publicas.
b) Comprometerse a observar las estipulaciones contenidas en el presente documento, los estatutos y reglamentos de la Alianza y los acuerdos del Consejo Nacional.
Queda entendido que la Alianza Nacional tiene un organigrama plano, en el cual cada Club miembro tiene voz y voto propios e independientes y ninguno tiene mayor o menor rango respecto a los demás, por lo que coaliciones de Clubs formando otro Club Estatal, regional o grupal, quedara solo en un sentido honorario y no será reconocido como Club por la Alianza Nacional
Capítulo Segundo. De las agrupaciones afiliadas.
Serán agrupaciones afiliadas aquellas que sean aceptadas por el Consejo Nacional, una vez que este haya evaluado su solicitud de ingreso y se comprometan a cumplir los presentes estatutos.
En caso de que exista algún motivo expresado por un Club o grupo miembro, por el cual éste considere que no debe ser aceptada la solicitud de ingreso a la Alianza de un grupo, esta situación deberá ser evaluada y decidida por el Consejo Nacional, poniendo énfasis en el conocimiento de los hechos y antecedentes del grupo en cuestión.
Cada agrupación afiliada deberá nombrar por lo menos a dos representantes, los cuales participarán en el Consejo Nacional de la Alianza y cuando sea ocasión de alguna votación, cada Club contara con un solo voto, independientemente de la cantidad de representantes que tenga.
Si por alguna situación, un representante queda ausente o se le da de baja de esta lista de coordinadores, el Club afectado no quedara fuera de esta Alianza Nacional y de las notificaciones, acciones ni eventos que aquí se traten, pudiendo elegir internamente otro coordinador que reemplace al ausente.
Un miembro del Consejo Nacional de coordinadores solamente podrá ser representante de un solo Club y si cambia de ciudad igualmente podrá seguir siéndolo de la ciudad en que este su Club local.
Si acaso el coordinador emprende un nuevo Club en su nueva ciudad, podrá ser representante de este nuevo Club siempre y cuando este sea aceptado por la Alianza Nacional, entonces el fundador en cuestión ya no podrá ser representante del primero sino del nuevo Club.
Es decir que tendrá que decidir por cual será representante pero no por 2 o mas Clubs.
Capítulo Tercero. Del Consejo Nacional, los cargos y funciones
La dirección de la Alianza estará a cargo de El Consejo Nacional que es el órgano supremo de ésta, mismo que estará integrado por los representantes de los agrupaciones afiliadas.
De entre ellos serán nombrados: Un Coordinador General, un Coordinador de Licencias, un Coordinador de Agrupaciones, un Coordinador de Contacto entre Clubs y Grupos, un Tesorero y 3 integrantes del Consejo de Dirección del Sitio Web, quienes fungirán en su cargo un año y podrán ser ratificados o removidos del mismo por votación del Consejo Nacional
Las resoluciones del Consejo Nacional son obligatorias para todos los grupos miembros aún para los ausentes a alguna junta de Consejo.
El Coordinador General tendrá por función dirigir a los comités internos para que sus actividades comulguen con el sentido de la comunidad nacional y emitir recomendaciones cuando sean necesarias para el buen funcionamiento de la Alianza.
El Coordinador de Licencias se encargará de ser el contacto con las empresas dedicadas a la mercadotecnia de todo lo relacionado con Star Wars, para que cada uno de los miembros pueda tener información de primera mano o hacerle llegar sus inquietudes.
El Coordinador de Contacto entre los Clubs y Grupos tendrá a su cargo el mantener la constante relación con las agrupaciones asociadas, además que será el primer contacto con grupos o asociaciones que pretendan formar parte de la Alianza, asimismo deberá mantener la base de datos de todos los miembros actualizada.
El Tesorero tendrá entre sus funciones las siguientes: Recolectar las aportaciones de los clubes para el mantenimiento del dominio y host de la alianza. Entregará además una relación de las aportaciones realizadas. Una vez realizados los pagos, el tesorero presentará copia de las fichas de deposito y pago a terceros por concepto de la pagina WEB para justificar los gastos.
El Tesorero controlará los recursos económicos de actividades comunes en la Alianza como playeras, gaffets, dominio etc.. Deberá también supervisar y proponer actividades de capitalización de los clubes, esto respetando su individualidad, pero haciendo sugerencias para proyectos de inversión (modos de capitalización como subastas o patrocinios, volantes, propaganda, etc.).
Supervisará y controlara los prestamos interclubes en casa de que por algún motivo sea necesario.
En las ocasiones que el tesorero de la Alianza Nacional lance la convocatoria para el pago de algún pago ya aceptado por la Alianza Nacional, cada Club deberá efectuar el deposito del dinero asi como la comprobación del pago vía ficha de deposito a mas tardar en las 3 semanas subsecuentes a la petición del pago correspondiente
Los miembros del Consejo de Dirección del Sitio Web de la Alianza, serán coordinadores del sitio Web, tendrán como funciones, organizar la información de ésta, observar el desarrollo del sitio de la Alianza, recibir la información de las agrupaciones miembros, así como la revisión del contenido de la propia página, manteniendo en todo momento independencia e imparcialidad de dicha página, tanto los creadores de ésta como las agrupaciones a las que pertenecen, para que la pagina cumpla su función de se la imagen en internet de toda La Alianza
Los miembros del Consejo de Dirección del Sitio Web de la Alianza proporcionarán los usuarios y passwords a los responsables de la elaboración de la pagina de la Alianza Nacional de Star Wars. Respaldarán continuamente la información de la pagina (documentos e imágenes en formato original y presentación). Realizarán reportes de la actualizaciones y modificaciones a la pagina, en conjunto con los responsables del diseño de la pagina.
Se coordinarán con el Tesorero para el pago del dominio y host
El Consejo Nacional tendrá todas las facultades para regir lo relativo al funcionamiento, administración y marcha de la Alianza, con la limitación de respetar la autonomía de las agrupaciones afiliadas, siempre y cuando éstas no afecten negativamente a la misma Alianza. Además de representarla ante cualquier autoridad, empresa o persona relacionada con los intereses que buscan las agrupaciones; así como también delegar responsabilidades, dependiendo de las actividades que lo requieran.
El Consejo Nacional una vez integrado, designará de entre sus componentes, por mayoría de votos, quienes desempeñarán los cargos arriba mencionados.
Los acuerdos del Consejo Nacional que no constituyan o involucren facultades expresamente reservadas a cualquiera de sus miembros, serán ejecutadas por quien el propio Consejo designe para tal efecto.
Para que pueda sesionar el Consejo, deberán estar presentes la mitad más uno del total de sus componentes y sus resoluciones se tomarán por la mayoría de los de los votos de los asistentes a la junta. Los acuerdos tomados por el Consejo obligan a todos los miembros, aún a los ausentes y disidentes y a todos los integrantes de la Alianza.
El Consejo Nacional celebrará juntas trimestrales vía internet o antes si así se considera necesario en alguna situación dada. Es obligatorio realizar una reunión anual de manera ordinaria con la presencia física de los integrantes del Consejo en el lugar destinado para tal efecto, para conocer el informe de avances, proyectos futuros y el plan de trabajo para el siguiente periodo, para nombrar y /o ratificar en su caso a los consejeros responsables de la administración y para tratar cualesquiera asuntos que fueren señalados en el orden del día.
La reunión ordinaria a que se refiere la cláusula anterior, será convocada por el Coordinador General al menos con un mes de anticipación señalando el día, la hora y el lugar para la celebración de la misma, poniendo a disposición de todos los integrantes del Consejo Nacional, la documentación e información necesaria para su análisis y revisión.
Los miembros del Consejo Nacional desempeñarán sus cargos de acuerdo a la naturaleza de los mismos, las facultades con las que se hallan investidos y las políticas y criterios previamente establecidos, pudiendo auxiliarse para ello, con el número de consejeros y /o miembros de los agrupaciones afiliadas que consideren pertinentes, siempre y cuando no se entorpezcan las actividades normales y propias del consejo.
En caso de que en las agrupaciones afiliadas se diera un cambio de dirección, los representantes salientes deberán notificar al Consejo Nacional de esta situación proporcionando el nombre del nuevo o nuevos representante y por consiguiente, integrante del Consejo Nacional.
En las reuniones ordinarios y virtuales solo tendrán voz y voto los integrantes del Consejo Nacional, los invitados podrán tener voz sin voto, si se aprueba su intervención.
Para que las juntas ordinarias y virtuales se consideren constituidas, deberán estar presentes cuando menos la mitad mas uno de los integrantes del Consejo Nacional y las decisiones se tomarán por simple mayoría de votos presentes.
Si una junta no pudiera realizarse por falta de quórum, se señalará un nuevo día y hora haciéndose del conocimiento de todos los integrantes del Consejo Nacional.
Los estatutos podrán ser modificados mediante una solicitud hecha por uno o varios miembros del consejo presentado propuesta al consejo, quedando entendido que deberán entregar anticipadamente el material necesario para que cada consejero la analice y estudie. La resolución final se tomará por mayoría de votos. Toda sugerencia para modificar los estatutos deberá ser atendida por el Consejo y se consultará y modificará en caso pertinente según considere y apruebe el Consejo.
Todo club podrá abandonar la Alianza en cualquier tiempo, si considera que ésta no cumple sus objetivos primordiales, presentando ante el consejo un escrito en el que se detallen las razones que los motivan a solicitar su separación.
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Capítulo Cuarto. De las Comunicaciones
La comunicaciones del Consejo Nacional se llevaran a cabo principalmente en el foro de internet designado para tal efecto, al cual solo podrán tener acceso los representantes de cada uno de los grupos o Clubs miembros.
Será obligación de cada representante leer los mensajes de los demás coordinadores que se posteen en el foro de yahoo que ha sido destinado para ello,
ya sea via e-mail o directamente dentro del foro del mismo. Si por alguna razón algún representante no recibe correos o mensajes del foro, es su responsabilidad el notificarlo a la brevedad posible a algún miembro del Consejo Nacional para remediar esta situación.
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Capítulo Quinto. De los Conflictos y Expulsiones
a) Los estatutos serán aceptados por todos los clubes integrados por la alianza y respetados durante el tiempo de vigencia de los mismos, de no aceptarse los estatutos o de incumplirse, el club infractor podrá ser expulsado de la Alianza.
b) Nuestra Alianza Nacional al ser un grupo humano no esta exento a la posibilidad de vivir malos entendidos entre coordinadores, por lo que ante una situación de este tipo se recomienda que siempre reine la armonía y la prudencia. Y que en primera instancia se busque el entendimiento directo entre los involucrados y con la participación de un moderador aceptado por ambos.
c) Una propuesta de expulsión será presentada ante todos los representantes de la Alianza con el fin de evaluar y votar por la expulsión del representante o del Club en caso de incumplimiento de los estatutos.
d) Para tomar la decisión de expulsar a un representante o a un Club de la Alianza será en base a una votación simple, por mayoría de votos
Queda prohibido a cualquier miembro de la Alianza:
a) Realizar cualquier acción o actividad que vaya en contra de la armonía de la Alianza.
b) Proferir ya sea verbal o por escrito, todo tipo de insulto, agresión, burla, sarcasmo, discriminación o cualquier acción de un miembro contra otro. Una vez evaluada la gravedad del caso por el Consejo Nacional, el infractor puede hacerse merecedor desde una amonestación hasta la expulsión de la Alianza.
Capítulo Sexto.
De las actividades y obligaciones de los Clubs locales y sus coordinadores
Regularidad de posteo en la lista de coordinadores:
Cada Club esta obligado a participar en las votaciones que se propongan en este Consejo Nacional (lista de coordinadores) y si algún representante no participa en 2 votaciones seguidas, se le dará de baja de ésta sin previo aviso.
El reingreso a la lista de coordinadores deberá ser solicitado vía e-mail y exponiendo las causas de su ausencia, quedando a consideración del mismo Consejo Nacional, vía votación el reingreso de dicho representante
Para comprobar su existencia continua, cada Club deberá mostrar de manera sencilla, sin fecha especifica, pero si por lo menos cada 2 meses, algunas de las actividades que realice mediante fotografías y narraciones de las mismas. De no hacerlo, el Consejo Nacional podrá hacerle una solicitud de información sobre sus actividades y de no comprobarlas satisfactoriamente dentro de la primera semana luego de la solicitud, se darán 15 días de gracia en el cual los demás Clubs compartirán ideas de crecimiento con el fin de apoyar el desarrollo del Club mencionado.
De no satisfacer aun asi esta solicitud en esos 15 días de gracia, podrá darse una moción de baja de la Alianza Nacional hacia el Club en cuestión.
Periodo máximo para votaciones:
El periodo máximo para que todos los coordinadores den su voto por Club, en votaciones propuestas sera de máximo 7 días, a partir de que dio inicio la votación.
Terminado este periodo de 7 días se podrá hacer un recuento de votos
Calendarizacion de eventos:
Todo Club que tenga la intención de llevar a cabo algún evento, lo hará del conocimiento de los demás coordinadores dentro de la lista del Consejo Nacional para propiciar el apoyo de todos y en la medida de lo posible evitar que se empalmen 2 eventos en fechas próximas una de la otra, esto está totalmente en dependencia de agentes externos como la agenda de los actores invitados en caso de que los haya o incluso de permisos por parte de gobiernos locales.
De preferencia se solicita que sea un solo evento por mes, con las reservas expuestas arriba.
24 de junio del 2003
Última enmienda 4 de abril 2006
México
“Unidos en la Fuerza”
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